Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1896-1898 (Cortes de 1896 a 1898)
Sesión: 12 de junio de 1896
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Réplica
Número y páginas del Diario de Sesiones: 26, 601-602
Tema: Admisión del Sr. Gálvez Holguín como Diputado

El Sr. SAGASTA (D. Práxedes Mateo): Voy a rectificar brevemente al Sr. Presidente del Consejo de Ministros.

Como S. S. no ha presenciado más que una parte pequeña de la sesión, ha sido influido por un error. Ha creído S. S. que yo había tomado parte en el debate, y yo no he intervenido en él hasta después que ha hablado S. S. Hago esta rectificación porque parecía que S. S. fundaba las consideraciones que ha hecho precisamente en la parte que yo hubiese tomado en el debate. Yo he hablado precisamente a consecuencia de lo que S. S. ha dicho; pero antes no he intervenido en este asunto.

Ya sé yo que no se trata de una votación sobre la legalidad de la elección ni sobre las condiciones legales del elegido, pero se trata de sus condiciones, de sus calidades, de sus circunstancias personales para poder estar o no entre nosotros, y por eso procede, según el Reglamento, la votación por bolas. No es que nosotros queramos repetir una votación y hecha con otra por bolas. No; esta es una votación completamente distinta de la anterior. Que esta votación puede y debe verificarse, o, por lo menos puede verificarse, aunque en opinión de S. S. no deba verificarse en este caso, es evidente. Así se desprende del precepto constitucional y del artículo del Reglamento que prescribe la pregunta, porque si se hace la pregunta de si se admite como Diputado a don Fulano de Tal, evidentemente hay que contestar si se le admite o no. Si no, ¿a qué la pregunta? Pero es que además la pregunta tiene su razón de ser, y ésta está dentro de las consideraciones que he tenido la honra de exponer antes a la Junta de Sres. Diputados electos, y que no quiero repetir por no molestar demasiado la atención de los Sres. Diputados; pero, en fin, del argumento de S. S. se desprende que si por casualidad, y aun siendo ésta, una votación tan distinta de la anterior, parte de la mayoría no vota- [601] rá como votó en la otra, S. S. tendría un disgusto muy grande. Su señoría enlaza esa votación con la votación de la doctrina sobre si aquí no hay más condiciones para la admisión o no admisión de un Diputado que la capacidad o incapacidad legal. No es eso lo que se vota; pero como S. S. ha confundido las dos cosas y toma eso como cuestión de Gobierno, resulta de sus palabras que esta votación va a tener carácter de cuestión de Gabinete, de cuestión de Gobierno, y yo, francamente, no quiero dar pretexto a que el Gobierno tenga una cuestión de Gabinete.

Desisto, pues, y desiste la minoría, de la votación, y que entre aquí el Sr. Gálvez Holguín con esa protección tan extraordinaria del Gobierno. (Muy bien.- Aplausos en la minoría.)

El Sr. SAGASTA (D. Práxedes Mateo): Pido la palabra.

El Sr. VICEPRESIDENTE (Bergamín): La tiene S. S.

El Sr. SAGASTA (D. Práxedes Mateo): Si hubiera creído, Sr. Presidente del Consejo de Ministros, que S. S. iba a sentir tan vivamente la necesidad de defenderse del cargo que piensa que yo le he dirigido, declaro que no lo hubiera hecho. Si yo quería quitar a S. S. las dificultades de una cuestión de Gobierno para no crearle disgustos, ¿cómo le había de dar el disgusto que parece que le he ocasionado? Siento, pues, que por querer hacer a S. S. un favor le haya hecho, por lo visto, un disfavor. (El Sr. Presidente del Consejo de Ministros: Muchas gracias.) Pero, en fin, no me levanto exclusivamente a eso, sino a oponer a una afirmación absoluta de S. S. otra afirmación absoluta.

El Sr. Presidente del Consejo de Ministros ha afirmado que nunca ni a nadie ha oído S. S. sostener la idea que yo he sostenido aquí de que puede haber, además de las calidades legales, calidades morales, a las cuales las leyes se refieren con disposiciones que en ellas están contenidas. Esto es lo que dice S. S. que no lo ha oído decir jamás, y a esta afirmación yo contesto que jamás he oído lo contrario hasta que S. S. que no lo ha oído decir jamás. Y a esta afirmación yo contesto que jamás he oído lo contrario hasta que S. S. lo ha dicho. Porque, Sr. Cánovas del Castillo, ¿en qué otra cosa pensaron los legisladores que hicieron el Reglamento actual por el que nos estamos rigiendo, y el Reglamento por que se rige la otra Cámara, en el cual existe poco más o menos la misma disposición? De suerte que todos esos legisladores, alguno de los cuales habrá sido tan eminente como S. S. pensaron de distinto modo que S. S., y yo tengo el gusto de pensar como ellos.

Resulta, pues, que por lo menos pensaron como pienso yo los que legislaron e hicieron las Constituciones que han regido el país y los Reglamentos de las Cámaras, y me parece que estando en tan buena compañía, bien puedo contestar con una afirmación absoluta a la afirmación contraria y no menos absoluta que ha hecho S. S.



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